Ciclo de videoconferencias de la OM: mujeres privadas de la libertad
Fueron invitadas tres profesionales quienes analizaron la situación desde la perspectiva de género.
6 de noviembre de 2024
La Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación abordó en su ciclo de videoconferencias el tema “Maternidad de mujeres privadas de la libertad” desde el punto de vista de las cargas diferenciales que nuestra sociedad estructuralmente le asigna al varón y a la mujer.”
Disertaron Sivia Zega, licenciada en servicio social y abogada, especialista en problemáticas sociales infanto juveniles; Rosana Fabiano, titular de la prosecretaria de Menores y Asistencia Psicosocial de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, y Noris Pignata, asesora tutelar ante la Cámara de Apelaciones del Fuero Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas del Poder Judicial de CABA.
Zega dijo que una condición diferencial importantísima tiene que ver con la maternidad. “La cárcel no está pensada para las mujeres. La ley de ejecución penal las tiene en cuenta solamente en tanto madres a través de dos institutos: la detención domiciliaria y la posibilidad de convivencia con hijos/as en las unidades penales.”
Pero, sostuvo, existe otro grupo de mujeres que maternan, que son la gran mayoría, las que tienen chicos que superan el límite etario que exige la ley. “Este último grupo es el más invisibilizado, el más silenciado porque no tienen, ni ellas ni sus hijas/os, normas que las protejan”. En estos casos se debe aplicar además de la perspectiva de género, la perspectiva de niñez, sostuvo Zega.
A su turno, Fabiano brindó algunos datos estadísticos sobre el crecimiento sostenido de mujeres encarceladas en el fuero federal durante 2022 (7,4 %), que fueron aprendidas por infracción a la ley de estupefacientes (narcomenudeo).
De este universo, el 57 % cumplió prisión preventiva. “Las mujeres están sobrellevando dentro del fuero federal y por la imputación de delitos de drogas una mayor carga”. Asimismo, el 20% de las mujeres en el servicio penitenciario federal son extranjeras, lo que agrega un nuevo factor de vulnerabilidad, señaló Fabiano.
“El 85 % de las mujeres privadas de la libertad eran madres, la mayoría tenía en promedio tres hijos y, en el 30 % de los casos, sus hijos eran cuidados por sus padres”. La problemática no solo es jurídica sino que también involucra a las políticas públicas, indicó.
Desde el punto de vista de la responsabilidad parental, las mujeres presas no pueden acompañar a sus hijos en la crianza ni decidir al cuidado de qué personas quedan los niños/as, entre otras cuestiones, dijo Pignata.
Por otro lado, las estadísticas revelan que el 40% de las mujeres encarceladas sigue sosteniendo el hogar trabajando desde la cárcel.
Otro dato indica que el 24% de los niños/as cuyas madres están presas, tienen problemas de salud mental.
Las disertantes sostuvieron que, para garantizar la debida protección jurídica de niñas/os o adolescentes, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dictó la Acordada 40/1997 que estableció normas básicas para asegurar la protección jurídica de los menores. La experiencia piloto comenzó con unos pocos juzgados y luego se extendió a todos los juzgados de esa jurisdicción.